Acuerdo Concurso de Ideas para la creación de Logotipo V Centenario

ACUERDO

CONCURSO DE IDEAS PARA LA CREACIÓN DEL LOGOTIPO DE LA CONMEMORACIÓN DEL V CENTENARIO DEL PEREGRINAJE A JERUSALÉN  DE DON FADRIQUE ENRÍQUEZ DE RIBERA

BASES

PRIMERA: OBJETO DEL CONCURSO

El objeto del concurso es la creación del logotipo que habrá de conformar la identidad de la conmemoración del V Centenario del Peregrinaje a Jerusalén de don Fadrique Enríquez de Ribera. El tema o motivo del diseño será libre y se valorará cualquier tipo de referencia que se identifique con valores y/o elementos relativos a la citada evocación.

SEGUNDA: PARTICIPANTES

El concurso será de carácter abierto y público y en el podrán concursar tanto personas físicas como jurídicas. Solamente podrá presentarse una propuesta por cada participante.

En todo caso deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. a) Ser persona física o jurídica con plena capacidad de obrar y no estar incursas en las prohibiciones contenidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

 

  1. b) No podrán estar afectos a incompatibilidades por cargos y deberán poder efectuar el proyecto en razón de las competencias que les otorguen sus respectivas titulaciones y/o normas /estatutos reguladoras de su conformación.

TERCERA: DOTACIÓN ECONÓMICA Y ENTREGA DEL PREMIO

Se establece un único premio de 500 € a la propuesta ganadora. La entrega del premio se hará efectiva en fecha a determinar que será debidamente comunicada al ganador.

El importe del premio incluye todos los impuestos, procediendo a la correspondiente retención de I.R.P.F. en el caso de personas sujetas a la misma.

 

CUARTA: FORMATO DE LOS TRABAJOS

La creación de la marca es de libre procedimiento aunque obligatoriamente deberá contener las palabras V Centenario y  Bornos.

Las propuestas serán ideas propias, originales e inéditas.

El diseño del logotipo deberá permitir ser adaptado a cualquier formato y espacio, por tanto, deberá presentarse con la resolución y características necesarias para ello.

Cada diseño debe presentarse en soporte papel y en formato digital escalable, (Photoshop, CorelDraw o similar) que pueda ser aplicado manteniendo siempre su integridad, tanto en tamaños reducidos como en macroformatos, en color (sobre fondo blanco y sobre fondo negro) y en blanco y negro. Se acompañará además de una pequeña memoria descriptiva y justificativa.

QUINTA: PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La documentación a presentar por el concursante será la que, con carácter general, se relaciona a continuación.

La falta de presentación de cualquiera de los documentos exigidos para el concurso será, por si sola, causa de exclusión de la misma, salvo cuando, a juicio del Jurado, se considere subsanable.

La presentación de proposiciones por parte del concursante lleva implícita la aceptación incondicional de estas Bases.

 

  1. Material y forma de presentación:

 

Cada trabajo que incluirá una sola propuesta, deberá presentarse en un sobre o envoltorio general señalando en el exterior los datos del remitente y los datos del destinatario (véase base QUINTA.2), introduciendo en él dos sobres cerrados en los que aparecerá únicamente el lema escogido por el autor para identificar su obra y las indicaciones “Sobre A” y “Sobre B”.

El “Sobre A” contendrá los siguientes documentos (marcados cada uno de ellos con el lema escogido):

- Propuesta del logotipo en soporte papel (tamaño mínimo A4).

- Propuesta del logotipo en CD.

- Memoria descriptiva y justificativa del logotipo presentado.

El “Sobre B” incluirá una declaración del autor (modelo Anexo I) por la que acepta las condiciones del Concurso de Ideas para la creación del logotipo y en el que deberán incluirse los siguientes datos: lema escogido, denominación de la empresa y CIF, nombre y apellidos y DNI de su representante, nombre y apellidos y DNI, si se trata de persona física, domicilio, teléfono de contacto y correo electrónico, junto con la documentación acreditativa de cumplir los requisitos señalados en el apartado a) de la Base Segunda.

  1. Lugar y plazo de presentación:

 

Las proposiciones se presentarán en el Ayuntamiento de Bornos, Plaza Alcalde José González núm, 1, en horario de atención al público (lunes a viernes de 9:00 a 14:00), dentro del plazo de un mes a partir del día siguiente al de la última publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, Tablón de Anuncios y Edictos del Ayuntamiento (https://sede.bornos.es) y página Web del mismo (http://www.bornos.es) , si el último día fuese inhábil se prorrogará al primer día hábil siguiente.

Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común  de las Administraciones Públicas.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el remitente deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Ayuntamiento la remisión de la oferta mediante telefax o telegrama en el mismo día, consignándose “propuesta para el concurso de ideas para la creación del logotipo del V Centenario del Peregrinaje a Jerusalén de don Fadrique Enríquez de Ribera”, así como el nombre del remitente.

La acreditación de la recepción del referido telefax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el Ayuntamiento con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en las presentes bases. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el remitente de las cláusulas de las presentes Bases.

SEXTA: JURADO

La propuesta de resolución del concurso será adoptada por un jurado que estará compuesto por los miembros de la Junta del V Centenario, constituida el día 18 de octubre de 2017.

La abstención y recusación de los miembros del Jurado será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El jurado, tras su constitución, procederá al análisis y estudio de las ideas propuestas. La propuesta del jurado será emitida por mayoría de votos y el fallo será inapelable. En caso de empate, el presidente dispondrá de voto de calidad.

El jurado levantará acta del fallo, dejando constancia de la propuesta premiada. Tras el fallo se procederá a la apertura del sobre B con el fin de identificar al participante ganador.

Es competencia asignada del jurado, además de la valoración de los trabajos presentados, la interpretación de las presentes bases y la resolución de cuantas cuestiones pudiesen suscitarse con motivo de este concurso.

El jurado puede proponer que el concurso sea declarado desierto si los diseños presentados por los participantes no alcanzan el nivel de calidad deseado.

El concurso será resuelto por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en base a la propuesta hecha por el Jurado.

SÉPTIMA: CRITERIOS DE VALORACIÓN

Se valorarán las propuestas que, a juicio del jurado, mejor identifiquen y representen el acontecimiento del peregrinaje a Jerusalén y su repercusión en el municipio. Se tendrá en cuenta la originalidad, la creatividad, la calidad artística y la memoria descriptiva y justificativa del logotipo.

OCTAVA: FALLO DEL JURADO

El fallo del Jurado se dará a conocer mediante notificación al participante de la propuesta seleccionada. La resolución del concurso se hará pública en la página Web del Ayuntamiento (http://www.bornos.es) y en el Tablón de Anuncios y Edictos (https://sede.bornos.es).

NOVENA: DERECHOS DE PROPIEDAD

El concursante será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en el cumplimiento del objeto del concurso e indemnizará a la Administración por todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de las que eventualmente puedan dirigirse contra la Administración.

La persona o personas autores del diseño seleccionado ceden, en exclusiva y sin limitación temporal, al Ayuntamiento de Bornos los derechos de explotación, incluyendo a título de ejemplo y no exhaustivo, los derechos de modificación, impresión, publicación, difusión y comunicación, por cualquier procedimiento o modalidad, en cualquier soporte y cuantas veces se considere necesario.

El autor del trabajo ganador no podrá utilizar, ya sea total o parcialmente, elementos, piezas y/o el diseño seleccionado en otros trabajos o proyectos futuros que pudiera realizar.

La percepción de la cuantía económica asociada al premio se considerará contraprestación de la cesión de los derechos citados y el Ayuntamiento de Bornos será propietario del diseño y podrá, en caso de que se estime oportuno, y de acuerdo con la legislación vigente, inscribir los trabajos premiados y los derechos que sobre los mismos ostente en los registros oficiales que considere necesarios.

El resto de participantes ceden de manera gratuita al Ayuntamiento de Bornos los derechos de distribución y comunicación pública de los trabajos presentados, para que sean mostrados en exposición, formen parte de un catálogo o publicación o se publiquen en su Web.

Los concursantes no premiados que así lo deseen podrán recoger sus trabajos en el Ayuntamiento en el plazo máximo de 15 días una vez trascurrido un mes del fallo del jurado.

DÉCIMA: ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en este concurso implica el conocimiento y la aceptación íntegra de las bases por parte de los/las concursantes.

Los aspectos no previstos o regulados en las presentes bases, así como la interpretación de las mismas en caso de dudas y de otras cuestiones suscitadas de resultas de este concurso, serán resueltas exclusivamente por el Jurado, gozando sus acuerdos de la presunción de interpretación auténtica de las presentes bases.

UNDÉCIMA: FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO POSTERIOR

La adjudicación conllevará la formalización en documento administrativo de un contrato que recoja las obligaciones derivadas de la adjudicación en el sentido expresado en estas bases.

DUODÉCIMA: REGIMEN JURIDICO

El presente concurso se regirá por lo establecido en estas Bases y para lo no previsto en ellas, será de aplicación subsidiaria el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normativa de desarrollo.

ANEXO I

 

DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DEL CONCURSO DE IDEAS PARA LA CREACIÓN DEL LOGOTIPO DE BORNOS

 

D/Dª. ______________________________con DNI nº ____________en nombre propio (1) o en representación (2) de la empresa (3)______________________, con CIF____________________, al objeto de participar en la convocatoria del Concurso de ideas para la creación del logotipo de Bornos, declaro que acepto en su integridad las condiciones de la citada convocatoria y aporto los siguientes datos:

 

Lema:

Dirección Postal:

Teléfono de contacto:

Correo electrónico:

 

En ______________, a ____de_________ de 2013

 

 

 

Fdo. _____________________________

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(1) Las personas físicas deberán acompañar a la declaración copia del DNI.

(2) Los que comparezcan o presenten propuestas en nombre de otro, deberán acompañar a la declaración copia de poder bastante al efecto, y de su DNI.

(3) Documentos que acrediten la personalidad del empresario mediante la presentación de la escritura o documento de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible según la legislación mercantil aplicable.

 

 

 

 

 

ILMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BORNOS

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